Language: Spanish
Published by FLORES EDITOR Y DISTRIBUIDOR, 2016
ISBN 10: 6076104430 ISBN 13: 9786076104439
Seller: Libreria El Dia, Tijuana, BCN, Mexico
Condition: New. CRITICA AL PROTOCOLO DEL PRIMER RESPONDIENTE.
Language: Spanish
Published by FLORES EDITOR Y DISTRIBUIDOR, 2016
ISBN 10: 6076103663 ISBN 13: 9786076103661
Seller: Libreria El Dia, Tijuana, BCN, Mexico
Condition: New. APELACIÓN DE AUTOS DICTADOS EN LA AUDIENCIA INICIAL, LA.
Language: Spanish
Published by FLORES EDITOR Y DISTRIBUIDOR, 2016
ISBN 10: 6076104570 ISBN 13: 9786076104576
Seller: Libreria El Dia, Tijuana, BCN, Mexico
Condition: New. GUIA PARA EL ESTUDIANTE DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO 4TA ED.
Language: Spanish
Published by FLORES EDITOR Y DISTRIBUIDOR
ISBN 10: 6075730745 ISBN 13: 9786075730745
Seller: Libreria El Dia, Tijuana, BCN, Mexico
Condition: New. DELITO DE VIOLENCIA FAMILIAR EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO, EL.
Language: French
Published by Éditions Alsatia, Paris, 1958
Seller: Livresse, Gatineau, QC, Canada
254 p. cote, cachet et porte-carte de biblio., code 2445.
Published by Alsatia, 1960
Seller: LIBRAIRIE GIL-ARTGIL SARL, RODEZ, France
Alsatia 1960, In-8 broché, 204 pages. Bon état.
Condition: New. Idioma/Language: Español. Presentamos nuestra quinta publicación en la península ibérica y siempre con el sello de J. M. Bosch, esta vez referida a los métodos y sistemas que conforman la teoría del delito, tomando como referencia el Siglo XX y el actual, donde aparecen en el horizonte corrientes como la analítica del hecho punible (Hruschka, Kindhäuser, Renzikowski, Mañalich), así como la integradora del delito (Silva, Robles, Cigüela, Coca); frente a ello, y con experiencia en el ejercicio de la abogacía y de la judicatura por casi un cuarto de siglo, se presenta con un lenguaje claro para el abogado, el estudiante de derecho y el público en general, el manejo de las categorías que normativamente fundamentan la responsabilidad penal, sea con la etiqueta elementos del delito, o bien acudiendo al criterio de reglas de imputación. Asimismo, partimos de una utilidad racionalista, esto es, que lo que conforma la teoría del delito nos permita solucionar con racionalidad el caso penal, por lo que, el libro procura integrar el conocimiento dogmático con las instituciones del proceso penal, en razón que el juzgador ocupa de la ciencia que le permita manejar el cuadro fáctico y los elementos probatorios puestos a su conocimiento, pero también que le dote de herramientas para la adecuada interpretación de la ley penal; a esta concepción, la hemos denominado el pragmatismo de la imputación penal, que la hemos venido desarrollando en publicaciones anteriores y que continuamos con la presente obra. Hesbert Benavente Chorres es Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México, Coordinador del Departamento de Investigación del Instituto Profesional Educativo del Sureste (IPES), así como Director Académico del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho (INMEXIUS). Se ha desempeñado como Juez Penal en el Perú y luego consultor para la OIT en temas como la trata de personas. Asimismo, es docente de posgrado en diferentes países latinoamericanos y escritor de obras en Derecho penal y procesal penal en Iberoamérica. *** Nota: Los envíos a España peninsular, Baleares y Canarias se realizan a través de mensajería urgente. No aceptamos pedidos con destino a Ceuta y Melilla.
Language: Spanish
Published by EDICIONES OLEJNIK, España, 2021
ISBN 10: 9563925165 ISBN 13: 9789563925166
Seller: Siglo Actual Libros, Soria, SO, Spain
RUSTICA. Condition: Nuevo. Dust Jacket Condition: Nuevo. TER.
Seller: Imosver, PONTECALDELAS, PO, Spain
Condition: Nuevo. "Desde la imputación formulada se incorpora al proceso penal el objeto de la litis, donde la defensa podrá ejercer su facultad de contradicción, así como el juzgador de resolver desde el criterio de la exigencia. En efecto, el operador puede exigirle al fiscal que explique de manera clara y precisa los cargos que le han formulado al imputado en el marco de una audiencia de tutela de derechos. También, el juez puede exigir al Ministerio Público los elementos de convicción que sustentan el cuadro fáctico imputativo, por ejemplo, en la audiencia de prisión preventiva. Además, el juzgador puede exigir que el fiscal aclare si hay una modificación en su clasificación jurídica en la audiencia de juicio oral para efecto que proceda a formular la acusación complementaria correspondiente. Pero, porque el operador exige no significa la afectación al debido proceso, sino es la consecuencia de amparar la petición justificada de la defensa planteada en el marco del ejercicio de su actividad contradictoria y para no colocar al imputado en un estado de indefensión. En esa inteligencia, la manera cómo se cumpla con los prin.
Rustica (tapa blanda). Condition: New. Dust Jacket Condition: Nuevo. 1. LIBRO.
Published by Editions Alsatia, 1960
Seller: Abraxas-libris, Bécherel, France
Broché avec jaquette. In-12 (14 x 19 cm), broché avec jaquette, 204 pages ; quelques traces sur la jaquette, rousseurs aux gardes, par ailleurs assez bon état. Livraison a domicile (La Poste) ou en Mondial Relay sur simple demande.
Language: French
Published by Bod - Books on Demand, 2025
ISBN 10: 2322558753 ISBN 13: 9782322558759
Seller: Ria Christie Collections, Uxbridge, United Kingdom
US$ 44.54
Quantity: Over 20 available
Add to basketCondition: New. In.
Condition: Nuevo. COLECCIÓN: FONDO FONDO - DERECHO Y PROCEDIMIENTO PENAL.
Rustica (tapa blanda). Condition: New. Dust Jacket Condition: Nuevo. 1. LIBRO.
Seller: Imosver, PONTECALDELAS, PO, Spain
Condition: Nuevo. Presentamos nuestra quinta publicación en la península ibérica y siempre con el sello de J.M. Bosch, esta vez referida a los métodos y sistemas que conforman la teoría del delito, tomando como referencia el Siglo XX y el actual, donde aparecen en el horizonte corrientes como la analítica del hecho punible (Hruschka, Kindhäuser, Renzikowski, Mañalich), así como la integradora del delito (Silva, Robles, Cigüela, Coca); frente a ello, y con experiencia en el ejercicio de la abogacía y de la judicatura por casi un cuarto de siglo, se presenta con un lenguaje claro para el abogado, el estudiante de derecho y el público en general, el manejo de las categorías que normativamente fundamentan la responsabilidad penal, sea con la etiqueta elementos del delito, o bien acudiendo al criterio de reglas de imputación. Asimismo, partimos de una utilidad racionalista, esto es, que lo que conforma la teoría del delito nos permita solucionar con racionalidad el caso penal, por lo que, el libro procura integrar el conocimiento dogmático con las instituciones del proceso penal, en razón que el juzgador ocupa de la ciencia que le permita manejar el cuadro fáctico y los elementos probatorios puestos a su conocimiento, pero también que le dote de herramientas para la adecuada interpretación de la ley penal; a esta concepción, la hemos denominado el pragmatismo de la imputación penal, que la hemos venido desarrollando en publicaciones anteriores y que continuamos con la presente obra. Hesbert Benavente Chorres es Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México, Coordinador del Departamento de Investigación del Instituto Profesional Educativo del Sureste (IPES), así como Director Académico del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho (INMEXIUS). Se ha desempeñado como Juez Penal en el Perú y luego consultor para la OIT en temas como la trata de personas. Asimismo, es docente de posgrado en diferentes países latinoamericanos y escritor de obras en Derecho pen.
Language: French
Published by Nouvelles Éditions latines, 1979
Seller: Librairie Pierre Brunet, Paris, France
Couverture souple. Condition: Très bon. Paris, Nouvelles Éditions latines, 1979 ; in-8° broché (dos muet), 208 pp.
Condition: Nuevo. La presente obra busca plantear una filosofía del sistema penal, la cual descansa en el principio de imputación y a lo que hemos denominado la pragmática de la imputación penal. En esa inteligencia, y recurriendo a la legislación comparada, hemos explicado que la litis se fija cuando se formula imputación o se formaliza la investigación y no al cierre de la investigación cuando se plantea la acusación; ello por mandato legal y por la siguiente lógica del sistema: la afectación de la libertad personal mediante medidas cautelares o el dictado de decisiones jurisdiccionales de terminación o conclusión anticipada del proceso, exigen de una imputación formulada, a la que incluso la futura acusación, juicio y sentencia están vinculados, a saber, al cuadro fáctico imputado; ello, lo hemos explicado en el capítulo primero a través delo que hemos denominado modelo imputativo.Ahora bien, lo que se imputa es un cuadro fáctico y su perfeccionamiento no lo otorga la actual sobrevaloración de los testimonios, sino el recurso a las ciencias forenses (artículo 228° de la norma adjetiva mexicana, artículo 276° de la ley procesal panameña o el artículo 321.2° del Código procesal penal peruano, como ejemplos que la lectura forense, criminalístico y científico de los hechos es la exigencia legal y no una psicología del testimonio); a ello, nos dedicamos en los capítulos segundo y tercero, que por su importancia radica el centro de nuestro estudio. No obstante, el mencionado perfeccionamiento de los hechos nos debe conducir a la afirmación que una persona ha infringido un deber jurídico penal que actualiza tanto la afectación de un bien jurídico legalmente protegido así como un tipo penal; ello nos permite revisar las reglas de imputación objetiva y subjetiva, así como demás categorías de la teoría del delito, pero alejándonos de constructos como la semántica del Derecho penal, la cual no presenta una equivalente potencia con las ciencias forenses; y a ello nos hemos centrado en el cap.
Language: French
Published by Nouvelles éditions Latines, 1980
ISBN 10: 2723300927 ISBN 13: 9782723300926
Couverture souple. Condition: bon. R300321449: 1980. In-8. Broché. Etat d'usage, Couv. légèrement passée, Dos satisfaisant, Intérieur frais. 207 pages. . . . Classification Dewey : 920-Biographie générale et généalogie.
Condition: Nuevo. La presente obra busca plantear una filosofía del sistema penal, la cual descansa en el principio de imputación y a lo que hemos denominado la pragmática de la imputación penal. En esa inteligencia, y recurriendo a la legislación comparada, hemos explicado que la Litis se fija cuando formula imputación o se formaliza la investigación y no al cierra de la investigación cuando se plantea la acusación; ello por mandato legal y por la siguiente lógica del sistema: la afectación de la libertad personal mediante medidas cautelares o el dictado de decisiones jurisdiccionales de determinación o conclusión anticipada del proceso, exigen de una imputación formulada, a la que incluso la futura acusación, juicio y sentencia están vinculados, a saber, al cuadro fáctico imputado; ello, lo hemos explicado en el capítulo primero, a través de lo que hemos denominado modelo imputativo.Ahora bien, lo que se imputa es un cuadro fáctico y su perfeccionamiento no lo otorga la actual sobrevaloración de los testimonios, sino el recurso a la ciencias forenses (artículo 228 de la norma adjetiva mexicana, artículo 276 de la ley procesal panameña o el artículo 321.2 del Código procesal penal peruano, como ejemplos que la lectura forense, criminalístico y científico de los hechos es la exigencia legal y no una psicología del testimonio)I; a ello, nos dedicamos en los capítulos segundo y tercero, que por su importancia radica el centro de nuestro estudio.No obstante, el mencionado perfeccionamiento de los hechos nos debe conducir a la afirmación que una persona ha infringido un deber jurídico penal que actualiza tanto la afectación de un bien jurídico legalmente protegido así como un tipo penal; ello nos permite revisar las reglas de imputación objetiva y subjetiva, así como demás categorías de la teoría del delito, pero alejándonos de constructos como la semántica del Derecho penal, la cual no presenta una equivalente potencia con las ciencias forenses; y a ello nos hemos centrado en el capítulo cuarto. Sin embargo, el principio de imputación conlleva a analizar sus consecuencias, como la sanción, la reparación civil y las consecuencias accesorias de las personas jurídicas, conforme lo desarrollado en el capítulo quinto. Finalmente, la imputación requiere de control judicial en audiencia, en razón a los efectos que en los derechos humanos del procesado va a generar, y a ellos nos dedicamos en los capítulos sexto y séptimo, en especial referencia a la audiencia inicial regulada en codificaciones como la mexicana; en suma, la imputación es el puente que permite el diálogo entre el Derecho penal y el proceso penal, y a los que nos conducirá a una pragmática (no en su sentido semántico), sino forense, de la imputació.
Seller: AG Library, Malaga, MA, Spain
Condition: New. Idioma/Language: Español. Si los hechos que el abogado maneja no son subsumibles dentro de un tipo penal, no tiene un caso penal sino una historia, pura y simple. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo penal, pero no hay prueba, se tiene una buena historia delictiva. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo y además se tiene una buena prueba, el fiscal tiene un caso. Esta expresión revela que la construcción del caso penal, no se reduce a la mera presentación de los hechos ante un Tribunal o jurado; por el contrario, exige una metodología de trabajo en la cual se conjuguen los aspectos fácticos, normativos y probatorios que permita el esclarecimiento de los hechos, la coincidencia de la verdad procesal con la histórica, así como, una respuesta del órgano jurisdiccional legítima y propicio para los intereses de las partes. Esta metodología no es otra que la denominada Teoría del caso, la cual es estudiada en la presente obra, no desde la perspectiva norteamericana de enseñanza del Derecho por casos o la persuasión del Jurado a través de una exposición emotiva de los hechos, sino como método de trabajo para la construcción y análisis de hipótesis delictiva a través del empleo de esquemas conceptuales como la teoría del delito y la teoría de la prueba. Ello, revela la importancia de la Teoría del caso, la cual no es privativa del trabajo del Fiscal, sino también de todo interviniente en el proceso penal (Juez, abogado defensor, acusador particular, etc. ), debido a que, el profesional del Derecho quien conozca y maneje la Teoría del caso presentará una ventaja competitiva frente a sus demás colegas, porque podrá emplear herramientas propias del Derecho penal y del Derecho procesal penal. Para ello, encontrará, en el presente estudio, todo el material necesario para construir estrategias procesales y salir airoso en la dinámica que impregna el proceso punitivo; empleando instrumentos sustantivos y adjetivos cuya conjunción permite la Teoría del caso. Finalmente, el contenido del presente estudio es examinar la teoría del caso aplicada en el proceso penal acusatorio, a través de cuatro fases o pasos: a) constructiva, la cual implica desmenuzar los hechos, seleccionar la teoría del delito aplicable al caso, subsumir los hechos en cada uno de los elementos de la teoría del delito seleccionada e identificar las evidencias que den sustento a cada uno de los hechos ya desmenuzados; b) recolectiva, la misma que denota la búsqueda y aseguramiento de aquellas evidencias (declaraciones, documentos, etc. ) tendientes a demostrar su caso o versión; c) depurativa, esto es que, formulada la acusación, lo que se busca es sanear todo el material probatorio, a fin que, sólo lo legalmente obtenido e incorporado al proceso sea lo que se exponga como material que acredite la versión que plantea la parte; y d) expositiva, la cual consiste en que las partes expongan, sustenten y debatan cada una de las versiones esgrimidas. En ese sentido, estos pasos operan tanto en la investigación preliminar, preparatoria, intermedia y de juzgamiento, respectivamente; lo cual implica reconocer que la teoría del caso se construye desde el primer momento en que uno ingresa a la dinámica del proceso penal, y como una brújula, nos irá conduciendo en las respectivas etapas procesales. Hesbert Benavente Chorres es Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México, Coordinador del Departamento de Investigación del Instituto Profesional Educativo del Sureste (IPES), así como Director Académico del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho (INMEXIUS). Se ha desempeñado como Juez Penal en el Perú y luego consultor para la OIT en temas como la trata de personas. Asimismo, es docente de posgrado en diferentes países latinoamericanos y escritor de obras en Derecho penal y procesal penal en Iberoamérica. *** Nota: Los envíos a España peninsular, Baleares y Canarias se realizan a través de mensajería urgente. No aceptamos pedidos con destino a Ceuta y Melilla.
Seller: Antártica, Madrid, M, Spain
Bolsillo. Condition: New. Dust Jacket Condition: Nuevo. 01. Si los hechos que el abogado maneja no son subsumibles dentro de un tipo penal, no tiene un caso penal sino una historia, pura y simple. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo penal, pero no hay prueba, se tiene una buena historia delictiva. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo y además se tiene una buena prueba, el fiscal tiene un caso. . Esta expresión revela que la construcción del caso penal, no se reduce a la mera presentación de los hechos ante un Tribunal o jurado; por el contrario, exige una metodología de trabajo en la cual se conjuguen los aspectos fácticos, normativos y probatorios que permita el esclarecimiento de los hechos, la coincidencia de la verdad procesal con la histórica, así como, una respuesta del órgano jurisdiccional legítima y propicio para los intereses de las partes. . Esta metodología no es otra que la denominada Teoría del caso, la cual es estudiada en la presente obra, no desde la perspectiva norteamericana de enseñanza del Derecho por casos o la persuasión del Jurado a través de una exposición emotiva de los hechos, sino como m. LIBRO.
Condition: Nuevo. COLECCIÓN: BOSCH PENAL BOSCH PENAL - PROCESO PENAL.
Language: Spanish
Published by J.M. Bosch Editor, Barcelona, 2012
ISBN 10: 8476988192 ISBN 13: 9788476988190
Seller: MARCIAL PONS LIBRERO, MADRID, M, Spain
TAPA BLANDA. Condition: New.
Seller: Imosver, PONTECALDELAS, PO, Spain
Condition: Nuevo. Si los hechos que el abogado maneja no son subsumibles dentro de un tipo penal, no tiene un caso penal sino una historia, pura y simple. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo penal, pero no hay prueba, se tiene una buena historia delictiva. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo y además se tiene una buena prueba, el fiscal tiene un caso. Esta expresión revela que la construcción del caso penal, no se reduce a la mera presentación de los hechos ante un Tribunal o jurado; por el contrario, exige una metodología de trabajo en la cual se conjuguen los aspectos fácticos, normativos y probatorios que permita el esclarecimiento de los hechos, la coincidencia de la verdad procesal con la histórica, así como, una respuesta del órgano jurisdiccional legítima y propicio para los intereses de las partes. Esta metodología no es otra que la denominada Teoría del caso, la cual es estudiada en la presente obra, no desde la perspectiva norteamericana de enseñanza del Derecho por casos o la persuasión del Jurado a través de una exposición emotiva de los hechos, sino como método de trabajo para la construcción y análisis de hipótesis delictiva a través del empleo de esquemas conceptuales como la teoría del delito y la teoría de la prueba. Ello, revela la importancia de la Teoría del caso, la cual no es privativa del trabajo del Fiscal, sino también de todo interviniente en el proceso penal (Juez, abogado defensor, acusador particular, etc.), debido a que, el profesional del Derecho quien conozca y maneje la Teoría del caso presentará una ventaja competitiva frente a sus demás colegas, porque podrá emplear herramientas propias del Derecho penal y del Derecho procesal penal. Para ello, encontrará, en el presente estudio, todo el material necesario para construir estrategias procesales y salir airoso en la dinámica que impregna el proceso punitivo; empleando instrumentos sustantivos y adjetivos cuya conjunción permite la Teoría del caso. Finalmente, el contenido del prese.
Couverture souple. Condition: bon. RO30109064: 1960. In-12. Broché. Bon état, Couv. convenable, Dos satisfaisant, Non coupé. 204 pages. Nombreuses illustrations en noir et blanc hors texte. . . . Classification Dewey : 240-Théologie morale et spirituelle.
Seller: Vuestros Libros, Oviedo, O, Spain
Condition: Nuevo. Si los hechos que el abogado maneja no son subsumibles dentro de un tipo penal, no tiene un caso penal sino una historia, pura y simple.Si los hechos son subsumibles dentro del tipo penal, pero no hay prueba, se tiene una buena historia delictiva. Si los hechos son subsumiblesdentro del tipo y además se tiene una buena prueba, el fiscal tiene un caso.Esta expresión revela que la construcción del caso penal, no se reduce a la mera presentación de los hechos ante un Tribunal o jurado;por el contrario, exige una metodología de trabajo en la cual se conjuguen los aspectos fácticos, normativos y probatorios que permitael esclarecimiento de los hechos, la coincidencia de la verdad procesal con la histórica, así como, una respuesta del órgano jurisdiccionallegítima y propicio para los intereses de las partes.Esta metodología no es otra que la denominada Teoría del caso, la cual es estudiada en la presente obra, no desde la perspectiva norteamericanade enseñanza del Derecho por casos o la persuasión del Jurado a través de una exposición emotiva de los hechos, sino como método de trabajopara la construcción y análisis de hipótesis delictiva a través del empleo de esquemas conceptuales como la teoría del delito y la teoría de la prueba.Ello, revela la importancia de la Teoría del caso, la cual no es privativa del trabajo del Fiscal, sino también de todo interviniente en el proceso penal(Juez, abogado defensor, acusador particular, etc.), debido a que, el profesional del Derecho quien conozca y maneje la Teoría del caso presentaráuna ventaja competitiva frente a sus demás colegas, porque podrá emplear herramientas propias del Derecho penal y del Derecho procesal penal.Para ello, encontrará, en el presente estudio, todo el material necesario para construir estrategias procesales y salir airoso en la dinámica queimpregna el proceso punitivo; empleando instrumentos sustantivos y adjetivos cuya conjunción permite la Teoría del caso.Finalmente, el contenido del presente estudio es examinar la teoría del caso aplicada en el proceso penal acusatorio, a través de cuatro fases o pasos:a) constructiva, la cual implica desmenuzar los hechos, seleccionar la teoría del delito aplicable al caso, subsumir los hechos en cada uno de loselementos de la teoría del delito seleccionada e identificar las evidencias que den sustento a cada uno de los hechos ya desmenuzados;b) recolectiva, la misma que denota la búsqueda y aseguramiento de aquellas evidencias (declaraciones, documentos, etc.) tendientesa demostrar su caso o versión; c) depurativa, esto es que, formulada la acusación, lo que se busca es sanear todo el material probatorio,a fin que, sólo lo legalmente obtenido e incorporado al proceso sea lo que se exponga como material que acredite la versión que planteala parte; y d) expositiva, la cual consiste en que las partes expongan, sustenten y debatan cada una de las versiones esgrimidas.En ese sentido, estos pasos operan tanto en la investigación preliminar, preparatoria, intermedia y de juzgamiento, respectivamente;lo cual implica reconocer que la teoría del caso se construye desde el primer momento en que uno ingresa a la dinámica del proceso penal,y como una brújula, nos irá conduciendo en las respectivas etapas procesales.Hesbert Benavente Chorres es Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México, Coordinador del Departamento de Investigación del InstitutoProfesional Educativo del Sureste (IPES), así como Director Académico del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho (INMEXIUS). Se ha desempeñadocomo Juez Penal en el Perú y luego consultor para la OIT en temas como la trata de personas. Asimismo, es docente de posgrado en diferentes países latinoamericanosy escritor de obras en Derecho penal y procesal penal en Iberoamérica.
Published by Bosch Editorial., Barcelona., 2011
Seller: La Nave, Librería Anticuaria., Salamanca, SA, Spain
Rústica. Condition: BUEN ESTADO. Libro.
Published by Paris, Editions ALSATIA, 1958., 1958
Seller: JOIE DE LIRE, Saint Just d'Avray, France
Condition: Très bon état. Livre In-8, 254 pp. Broché sous jaquette illustrée. Livre.
Published by Alsatia
Seller: Okmhistoire, St Rémy-des-Monts, SARTH, France
First Edition
Couverture souple. Condition: Très bon. Edition originale. Paris 1954. 2 Volumes/2. -- Parfait état -- Brochés. Format in-8°( 18,9 x 13,8 cm ). ------ 554 & 627 pages . **************** ref od Fx.
Published by Guénégaud, 2015
ISBN 10: 2850231622 ISBN 13: 9782850231629
Seller: Librairie de l'Avenue - Henri Veyrier, Saint-Ouen, FR, France
Couverture souple. Condition: Bon état. In-8 broché 24 cm sur 15,8. 363 pages. Bon état d'occasion. in-8°.